Estado del Expediente
Cliente: Sin configurar
Diagnóstico: Pendiente
Documentos: Sin generar
RAT: Sin registros
Última auditoría: —
Próximos Plazos
Resumen de Cumplimiento
Ficha del Cliente
Cuestionario de Diagnóstico Ley 21.719
Registro de Actividades de Tratamiento (RAT)
Tratamientos Registrados
| Nombre | Proceso | Base | Riesgo | Estado DPO | Acciones |
|---|
Documentos Generados
Los documentos se generan automáticamente a partir del diagnóstico y los datos del cliente. Complete el diagnóstico para generar los documentos base.
Cadena de Trazabilidad SHA-256
Cada acción queda registrada con un hash SHA-256 encadenado. La verificación de integridad garantiza que ningún registro ha sido alterado.
Gestión en la Nube
Exportar Base Maestra
Descarga todos los datos (clientes, tratamientos, documentos, auditoría) en un archivo JSON.
Exportar Paquete de Cliente
Exporta los datos de un cliente específico con sus tratamientos y documentos.
Importar Paquete
Importa un paquete JSON previamente exportado para restaurar datos.
Identificador de Expediente
Agente IA · Ley 21.719
Conectando...Agente de análisis normativo. Responde SOLO con documentos fuente. Sin alucinaciones.
Consultar al agente
Detección y Anonimización de PII
Detecta RUT, email, teléfonos, nombres. Pseudonimiza con separación sal y pimienta (SHA-256).
Generar Respuesta ARCO
Generar Documento de Cumplimiento
Analizar Artículo de la Ley
Documentos Fuente Cargados
El agente SOLO utiliza estos documentos como fuente de verdad.
Modelo de Prevención de Infracciones (Decreto Supremo N° 662)
Reglamento del Artículo 49 que incorpora la Ley N° 21.719 a la Ley N° 19.628. Sistema y Programa de Cumplimiento voluntario con valor de atenuante de responsabilidad legal ante la Agencia de Protección de Datos Personales (APDP).
Checklist Auditor de Elementos Mínimos del Modelo (Artículo 3)
La Ley exige que el modelo contenga a lo menos estos 10 componentes para ser considerado un programa de cumplimiento certificable.Designación y Estatuto del Delegado de Protección de Datos (DPO)
Arts. 6 al 13 del Decreto 662: Designación obligatoria para la certificación del modelo, autonomía de gestión, idoneidad y funciones.Atribuciones y Deberes Legales del DPO (Artículo 13)
Matriz de Infracciones y Graduación de Sanciones (Art. 3 letra e)
El Decreto 662 exige vincular los tratamientos a las infracciones tipificadas en los Arts. 34 bis, 34 ter y 34 quáter de la Ley 19.628.| Categoría de Infracción | Art. Ley 19.628 | Sanción Máxima | Conductas Tipificadas | Mitigación Obligatoria (Art. 3.f) |
|---|---|---|---|---|
| LEVE | Art. 34 bis | Hasta 5.000 UTM (~$330M CLP) | Falta de información a titulares, retraso no justificado en solicitudes ARCO, omisiones menores en políticas. | Protocolo de Transparencia y Respuesta en 15 días hábiles. |
| GRAVE | Art. 34 ter | Hasta 10.000 UTM (~$660M CLP) | Tratamiento sin base de licitud, no notificación oportuna de brechas de seguridad (Art. 14 sexies), obstaculizar fiscalización. | Registro RAT validado, cifrado en reposo, protocolo de brechas en 72 hrs. |
| GRAVÍSIMA | Art. 34 quáter | Hasta 20.000 UTM (~$1.320M CLP o 4% ventas) | Tratamiento fraudulento o ilícito de datos sensibles o menores, transferencias internacionales sin resguardo, desacato reiterado a la APDP. | Separación criptográfica (seudonimización), auditoría inmutable SHA-256, DPO exclusivo. |
Canal de Denuncias Interno y Garantía de Indemnidad (Artículo 3 letra i)
Vía expedita de comunicación confidencial ante el Delegado DPO con reserva estricta de identidad garantizada por ley."Dichos mecanismos deberán asegurar la posibilidad de que el denunciante solicite y se asegure la reserva de su identidad. El denunciante no podrá ser objeto de ninguna medida desfavorable en su contra a causa de su denuncia."
Registro de Denuncias ante el DPO
No se registran denuncias pendientes en el expediente actual.
Certificación y Registro Nacional APDP (Artículos 14 al 20)
Estatuto de certificación oficial por la Agencia de Protección de Datos Personales, vigencia de 3 años y causales de pérdida.Vigencia y Renovación (Art. 15)
El certificado emitido por la Agencia tiene una vigencia de 3 años, renovable previa auditoría de mantención de estándares.
Efecto Atenuante (Art. 49 Ley)
La adopción y certificación del programa opera como circunstancia atenuante legal calificada ante cualquier procedimiento sancionatorio.
Registro Público (Art. 17)
Inscripción oficial en el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento accesible a clientes y autoridades del Estado.
Generación de Carpeta de Certificación Oficial
Reúne en un único expediente estructurado (RAT, Políticas, Designación DPO, Matriz de Riesgos y Trazabilidad Hash SHA-256) para iniciar la solicitud formal ante la Agencia.